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Order (Auto)October 2, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Vladimir Fernández Andrade

✓Claimant Ese Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo De Neiva·Respondent Municipio De Algeciras Huila

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva Derivada De Una Factura De Venta Por La Prestación De Servicios De Salud Del Sistema De Seguridad Social Integral-Incertidumbre En La Relación Contractual Entre Las Partes.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Asuntos en los que se reclama el pago de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 3º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva y el Juzgado 9º Administrativo de Neiva.

La controversia la ocasiona una demanda ejecutiva presentada por la ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo, en contra del Municipio de Algeciras para el cobro de un valor contenido en unas facturas relacionadas con la prestación del servicio médico de urgencias.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena refiere el precedente de los Autos 403, 788, 1004 de 2021, 553 de 2022, 2269 de 2023, sobre facturas por prestación de servicios de salud cuyo criterio sobre el asunto fue unificado mediante Auto 1410 de 2024.

En este caso, se advierte que la obligación a ejecutar no emana de un compromiso contractual del Estado, en tanto lo que se cobra es la prestación de servicios médicos de urgencias cuya fuente obligacional es la ley y no un contrato.

En ese sentido, se reitera la regla de decisión según la cual, siguiendo la cláusula general de competencia otorgada por el artículo 2.5 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretenda el pago de obligaciones derivadas de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud, que no se enmarque en ninguno de los presupuestos del artículo 104.6 del CPACA.

Particularmente, cuando no se constate la existencia de una relación contractual entre las partes.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente a la Oficina de Apoyo Judicial de Neiva para que reparta el asunto entre los jueces laborales de esa ciudad.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 3º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva y el Juzgado 9º Administrativo de Neiva, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso que aquí se estudió, promovido por la ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo en contra del Municipio de Algeciras, les corresponde a los jueces laborales (reparto) de Neiva.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5235 a la Oficina de Apoyo Judicial de Neiva para que reparta el asunto entre los jueces laborales de esa ciudad.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a los interesados de este trámite, al Juzgado 3º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva y al Juzgado 9º Administrativo de Neiva.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.